CIC Arquitectura Digital.- El pasado 26 de agosto entró en vigor el Registro de Empresas Acreditadas (REA) de la construcción, a raíz del cual las empresas que contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en una obra deberán acreditar que sus empresas contratistas o subcontratistas están inscritas en dicho registro, solicitando para ello un certificado de inscripción.
Este registro tiene el objetivo de acreditar que las compañías que operan en el sector de la construcción cumplen los requisitos de capacidad y de calidad de la prevención de riesgos laborales. De esta manera, toda empresa que pretenda ser contratada o subcontratada para trabajos en una obra de construcción, deberá estar inscrita en el REA dependiente de la autoridad laboral donde esté ubicado el domicilio social de la empresa.
En concreto, la inscripción en el REA acredita que las empresas que operan en las obras de construcción en concepto de contratistas o subcontratistas cumplen una serie de requisitos, que son disponer de una organización productiva, de instalaciones, equipos de trabajo y del personal necesario para llevar a cabo los encargos recibidos; contar con una organización adecuada en materia de prevención de riesgos laborales y disponer de personal con formación en materia de seguridad y salud en el trabajo. De hecho, para poder trabajar, todo el personal deberá acreditar antes del 1 de enero de 2021 haber recibido ocho horas de formación.
Además, las empresas que contratan o subcontratan trabajos en obras de construcción deben verificar que sus empresas contratistas o subcontratistas cumplen con estas exigencias. Para ello, deben solicitar y obtener la certificación de la autoridad laboral que acredite que la empresa está inscrita en el registro. Esta certificación, requisito imprescindible para tramitar el registro, tiene una validez de tres años y podrá renovarse dentro de los seis meses anteriores a su vencimiento.
En la actualidad, se encuentran operativos los registros REA de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, Comunidad Valenciana, Islas Baleares y País Vasco, así como de Ceuta y Melilla.
El REA ha sido diseñado y puesto en marcha conforme a lo expuesto en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la “Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción”.
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