El pasado 8 de mayo se publicó la Directiva Europea 2024/1275, relativa a la eficiencia energética de los edificios (EPBD), que necesitará la transposición al ordenamiento jurídico español.
Esta nueva norma es de gran interés, puesto que se trata de la refundición de la actual Directiva 2010/31/UE, que se transpuso en España en varios reales decretos y órdenes, lo que implicará modificar nuevamente una o varias normativas españolas. De hecho, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ya ha anunciado que va a desarrollar un nuevo Documento Básico de Sostenibilidad para el Código Técnico de la Edificación (CTE), y su ministra Isabel Rodríguez manifestó en la Convención Internacional de la Arquitectura Técnica que “serán ambiciosos” en la transposición de la directiva. La misma tendrá que llevarse a cabo en la primera mitad de 2026, como muy tarde.
En cuanto a esta directiva, cuyo objetivo es lograr un parque inmobiliario de cero emisiones, a más tardar en 2050, las intervenciones en rehabilitación de edificios, y concretamente en su envolvente, serán vitales para conseguir duplicar la tasa de renovación energética anual y fomentar las rehabilitaciones integrales, estimadas en 35 millones de edificios en la UE.
En este sentido, en la Asociación Nacional de Fabricantes de Materiales Aislantes (Andimat) insistimos con la campaña “La envolvente, lo primero” para poner en valor la envolvente térmica de los edificios como garante de la salud, ahorro, eficiencia y sostenibilidad de los edificios existentes.
El análisis profundo de la directiva nos permite ver que esta es de armonización parcial, es decir, para algunos aspectos dice claramente qué requisitos se aplican en los Estados miembros, y para otros da cierta libertad, siempre que se cumplan los objetivos (2030, 2040 y 2050, en este último caso en un parque inmobiliario de edificios de cero emisiones).
Asimismo, se modifican los certificados de eficiencia energética (CEE), de modo que tendrán el mismo aspecto visual en todos los Estados miembros, con las mismas letras A-G, pero con valores límites de eficiencia diferentes que deberá fijar cada Estado en función de la eficiencia energética de su parque inmobiliario, de modo que la clase A será para edificios de cero emisiones y la G para los menos eficientes. Es decir, se mantienen las letras de la A a la G, pero se hará un reescalado con respecto a lo actual y las eficiencias que representan serán diferentes entre países. Con todo, se permitirá, si se cumplen ciertas condiciones, que los Estados que lo deseen puedan crear una letra A+ más eficiente.
Los Estados vigilarán que el Potencial de Calentamiento Global (PCG) a lo largo del ciclo de vida se indique en el CEE del edificio, y publicarán y notificarán a la Comisión una hoja de ruta con los valores límite sobre el total acumulado de todos los edificios nuevos y los objetivos para los nuevos inmuebles a partir de 2030.
Los CEE tendrán validez máxima de 10 años, y se incluirán en una base de datos nacional de eficiencia energética. Serán obligatorios para obra nueva, renovaciones importantes, ventas, alquileres y renovaciones de alquileres, así como edificios de organismos públicos.
Del mismo modo, se promoverán los pasaportes de renovación, que establecen una hoja de ruta para una renovación en profundidad por etapas para ayudar a propietarios e inversores. Los Estados miembros garantizarán que no generan una carga desproporcionada, estableciéndose el sistema en 2026, y siendo de carácter voluntario, salvo que el país decida que sea obligatorio.
Es de suma importancia la creación de una base de datos nacional de eficiencia energética de edificios, en la que se cargarán estos pasaportes y los CEE.
En cada uno de los países se establecerá un sistema de control independiente que garantice la calidad y veracidad de la información de los CEE y los pasaportes de renovación. Además, cuando un edificio se renueve para cumplir las normas mínimas de eficiencia energética de los edificios (MEPS, por sus siglas en inglés), los Estados miembros deberán garantizar su cumplimiento.
La viabilidad de los MEPS tendrá como referencia el “nivel óptimo de rentabilidad”, que servirá para que los Estados miembros establezcan los MEPS individualmente según ciertos criterios, revisándose cada cinco años.
Para cumplir con esos MEPS, los países deben tomar las siguientes medidas: financieras, asistencia técnica y ventanillas únicas, sistemas de financiación integrados para renovaciones en profundidad y por etapas, eliminación de barreras no económicas como incentivos divididos y seguimiento de las repercusiones sociales, sobre todo con especial atención a los hogares vulnerables y las personas en viviendas públicas.
En las rehabilitaciones, los países deberán centrarse primero en los edificios con peor eficiencia energética. Para ello, deben fijar umbrales máximos de eficiencia que no podrán superarse en determinadas fechas. La verificación será con los CEE u otros medios disponibles. En el caso de edificios no residenciales, en 2030 todos estarán por debajo del “umbral del 16%”, es decir, todos serán más eficientes que el 16% peor a 1 de enero de 2020; y en 2033, todos los edificios no residenciales estarán por debajo del “umbral del 26%”, es decir, serán más eficientes que el 26% peor a fecha 1 de enero de 2020. En el sector residencial, hay más libertad para los Estados miembros, dado que podrán elegir entre diversos instrumentos para llegar al objetivo: MEPS, asistencia técnica y medidas de ayuda financiera.
También para residencial, el uso medio de energía primaria de todo el parque inmobiliario se reducirá, comparado con el de 2020, como mínimo un 16% a más tardar en 2030 y entre un 20% y un 22% a más tardar en 2035. Además, con fecha límite en 2040, y posteriormente cada cinco años, será equivalente o inferior a un valor determinado a nivel nacional derivado de una disminución progresiva de 2030 a 2050 (los Estados velarán porque, como mínimo, el 55% de la disminución en el uso medio de energía primaria sea mediante la renovación del 43% de los edificios residenciales menos eficientes).
En cuanto a los MEPS para edificios existentes, cuando se efectúen renovaciones importantes, los Estados garantizarán que se cumplan estas normas siempre que sea viable.
En este sentido, los Estados establecerán planes nacionales de renovación para edificios residenciales y no residenciales, públicos y privados, y deberán incluir ocho aspectos definidos en la propia directiva como, por ejemplo, una visión del parque inmobiliario nacional, necesidades de inversión para su ejecución, los MEPS, la hoja de ruta hasta 2050, etc. Deben estar vinculados con los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima (PNIEC), de modo que el primer plan nacional estará alineado con estos planes, y los posteriores irán dentro de ellos.
Los Estados miembros pueden conceder ayudas a la renovación de edificios para cumplir con los criterios de eficiencia de la UE hasta que estos apliquen obligatoriamente. Después de ese momento, solo podrán concederlas si las renovaciones sirven para conseguir una mayor eficiencia energética. Para lograrlo, los planes nacionales de renovación de edificios deberán centrarse en la financiación. Se destaca la promoción activa de los Estados miembros para los mecanismos financieros, incentivos y movilización de las instituciones financieras (se sugieren hipotecas de eficiencia energética para renovaciones, promoción de inversiones, etc.), con especial énfasis en los hogares vulnerables y los edificios menos eficientes. La información sobre la financiación y los instrumentos financieros debe ser accesible y transparente para el público.
En todo el texto normativo se insiste en la idea de no dejar atrás a los hogares vulnerables, para lo que los diferentes países tendrán que animar a que las instituciones financieras promuevan productos, subvenciones y ayudas para este tipo de hogares. También se hace hincapié en que los incentivos financieros y otras medidas políticas deben dirigirse de forma prioritaria a hogares vulnerables y personas afectadas por la pobreza energética o que residan en viviendas sociales.
Por otro lado, los planes nacionales de renovación de edificios deben garantizar que se dispone de trabajadores debidamente cualificados. Se obliga a los Estados miembros a establecer, cuando proceda y sea factible, “sistemas de certificación para las obras de rehabilitación integradas que requieran conocimientos especializados sobre diversos elementos o instalaciones de edificios, como el aislamiento de edificios […]; entre los profesionales implicados pueden figurar diseñadores, contratistas generales, contratistas especializados e instaladores”. En este sentido, los Estados deben garantizar que los profesionales en renovaciones integradas tengan una competencia adecuada.
Como vemos, la directiva, que se revisará como muy tarde en 2028, sienta las bases para una renovación integral del parque edificado y, lo que es más importante, de la rehabilitación de la envolvente, que es el primer elemento sobre el que hay que actuar para reducir la demanda energética del edificio.
El actual nivel de rehabilitación en España deberá incrementarse de manera exponencial para poder conseguir los objetivos establecidos por la UE. Para ello, será imprescindible que la financiación llegue a todos, especialmente a los colectivos vulnerables en situación de pobreza energética, así como el acceso sencillo a toda la información sobre las enormes ventajas de la rehabilitación de la envolvente, los medios para realizarla, y cómo obtener ayudas y medios de financiación.
También será clave la potenciación de la disponibilidad de trabajadores cualificados, dado que sin ellos será imposible la consecución de los objetivos.
El proyecto, denominado Balin, forma parte del programa Hazitek de la agencia vasca de desarrollo empresarial SPRI, del Gobierno vasco.
“Tenemos que ser exigentes y pedirle a la Administración que nos dé garantías. Y la garantía puede ser en forma de certificado de sostenibilidad, seguro trienal u otra que valide la propia Administración”, afirma el presidente de Cepco.
Una solución a este desafío es la climatización adiabática, que consiste en el proceso natural de enfriamiento mediante la evaporación del agua.
A diferencia del ladrillo tradicional, presenta unas dimensiones de 236 x 100 x 119 mm (largo x ancho x alto), lo que hace que se disminuya en un 49% el mortero presente en el paño cara vista.
La Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos (Ascer), con la financiación de la Generalitat Valenciana, lanza la campaña ‘El ingrediente secreto’.
Saint-Gobain, especialista en construcción ligera y sostenible, en colaboración con Green Building Council España (GBCE), han organizado la jornada ‘Soluciones para una edificación descarbonizada’.
Según datos del II Estudio Pluxee de Retos y Tendencias en RRHH 2024, el 58% de las empresas españolas ya han adoptado un modelo de trabajo 100% presencial.
La jornada ‘Rehabilitación. Por un edificio habitable y accesible’ se ha celebrado este 14 de noviembre en la sede oficial del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón.
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