El Parlamento aprobó el pasado 31 de marzo la nueva Ley de residuos y suelos contaminados, que deroga tras 20 años de vigencia la Ley 22/2011. El texto aprobado es una de las claves para impulsar la economía circular en España y ha sido incluido como una de las reformas estructurales del Plan para la Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
En palabras de la vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, esta aprobación representa “un paso adelante en la modernización y en la circularidad de nuestra economía, en la capacidad de diseñar mejor las cosas para generar menos residuos y gestionar mejor los generados de forma que se recuperen sus materiales y nos permita volver a utilizarlos en la nueva cadena de producción. También damos un paso adelante en la lucha contra la invasión del plástico”, señaló.
La nueva ley acomete el marco regulatorio de los residuos desde un punto de vista integral, con el objetivo de facilitar la consecución de los nuevos y más exigentes objetivos de gestión de residuos que ha fijado la UE para los horizontes 2025 (55%), 2030 (60%) y 2035 (65%), junto con el objetivo de un vertido máximo del 10% en 2035, que se objetivan y cuantifican en la reducción del peso de los residuos producidos: un 13% en 2025 y un 15% en 2025, respecto a los generados en 2010.
El nuevo texto incorpora la Directiva Marco de Residuos y la Directiva de Plásticos de Un Solo Uso y crea dos nuevas figuras impositivas de ámbito estatal: el Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico No Reutilizables y el Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos, que serán exigibles a partir de 2023, además de establecer una nueva tasa específica, en un plazo de tres años, en los municipios que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, trasporte y tratamiento de los residuos.
Además de las limitaciones a los plásticos de un solo uso vía imposición, incide en el etablecimiento de las recogidas separadas ya existentes (papel, metales, plástico y vidrio) e introduce un calendario para la reutilización, reciclado y valorización de esos residuos y para los biorresiduos de origen doméstico para los que también se exige su separación en origen junto con la de los residuos comerciales no peligrosos, textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y voluminosos.
Además de las limitaciones a los plásticos de un solo uso vía imposición, la nueva ley incide en las recogidas separadas ya existentes (papel, metales, plástico y vidrio) e introduce un calendario para la reutilización, reciclado y valorización de esos residuos y para los biorresiduos de origen doméstico, para los que también se exige su separación en origen junto con la de los residuos comerciales no peligrosos, textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y voluminosos.
Los biorresiduos de origen doméstico deberán recogerse separadamente a partir de julio de 2022 en las entidades locales con población superior a 5.000 habitantes; y a partir de enero de 2024 para el resto de las entidades locales. En el caso de residuos textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos, su recogida separada deberá estar implantada a partir de 2025.
En cuanto a las recogidas de residuos textiles y voluminosos, la ley prevé una reserva de contratos de las administraciones públicas del 50% para las entidades de economía social autorizadas para la gestión de los residuos.
En relación con los plásticos de un solo uso, la ley hace una apuesta decidida por una serie de medidas diferentes en función de las posibilidades de sustitución y las alternativas existentes. Estas medidas van desde la reducción, la sensibilización, el marcado y el ecodiseño hasta el uso de instrumentos económicos como la responsabilidad ampliada del productor, llegando incluso a la restricción para determinados productos de plástico como cubiertos, platos o pajitas, entre otros.
Así, y en relación con los objetivos comunitarios de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso, la ley prevé evaluar su grado de cumplimiento en 2023 y 2027, de forma que, si no se cumplen los objetivos fijados para esos años, 70% y 85%, respectivamente, se deberá implantar un sistema de depósito, devolución y retorno en el plazo de dos años, pudiendo quedar afectados otros envases además de las botellas de plástico.
Además, se introduce también un impuesto estatal a los envases de plástico no reutilizables para avanzar en prevención y en la reducción de su uso en el territorio español, impulsando así las primeras opciones de la jerarquía de residuos.
Por otro lado, se ha revisado la regulación marco de la responsabilidad ampliada del productor en coherencia con la normativa comunitaria, para garantizar que los productores de productos asuman la responsabilidad financiera y organizativa de la gestión de los residuos. La nueva Ley de Residuos introduce las previsiones de desarrollo de la responsabilidad ampliada del productor para los textiles, los muebles y enseres y los plásticos de uso agrario en el plazo de tres años desde su entrada en vigor, así como para otros productos de plástico como los del tabaco.
Con esta regulación se pretende dar cobertura a distintas iniciativas que están surgiendo en estos sectores, y también servirá para dar respuesta a las importantes deficiencias encontradas en la gestión de los residuos generados por estos productos y los problemas ambientales asociados a ello, siguiendo así las recomendaciones de la Comisión Europea, que considera que la implantación de un sistema de responsabilidad ampliada del productor es un instrumento clave para la mejora de la gestión de estos residuos y la aplicación del principio de jerarquía.
También destaca el refuerzo de las medidas relacionadas con la obtención de la información sobre la generación y gestión de los residuos, de manera que se garantice la trazabilidad desde que el residuo se genera hasta su completo tratamiento, y que se mejore la información disponible sobre la situación de la gestión de los residuos. Estas medidas de mejora de la información abarcan también a los regímenes de responsabilidad ampliada del productor, de manera que se garantice la disposición por parte de las administraciones de toda la información necesaria para verificar el correcto funcionamiento de estos regímenes, asegurando así una mayor transparencia de este instrumento.
Entre las novedades de la nueva normativa también la revisión del régimen sancionador, que incluye nuevas infracciones, como el abandono de basura dispersa (littering) o la quema no autorizada de residuos agrarios y silvícolas, y el no establecimiento de recogidas separadas.
Por otro lado, también incluye una disposición específica sobre el amianto, que obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto con un calendario para su retirada. Además, la ley revisa los procedimientos de declaración de subproducto y de fin de condición de residuo, habilitando la posibilidad de desarrollo a nivel autonómico para agilizar la transición hacia la economía circular.
Del mismo modo, se establece que las entidades locales deberán aprobar ordenanzas municipales que permitan lograr los objetivos fijados en la ley y tendrán que establecer tasas diferenciadas que tengan en cuenta el coste real de las operaciones de gestión de residuos realizadas y que permitan implantar sistemas de pago por generación.
La ley contiene también la regulación de los suelos contaminados, manteniéndose el anterior régimen jurídico en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes, al procedimiento de declaración, a los inventarios de suelos contaminados y a la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos.
Como novedad, se ha incluido la creación del Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados, que será alimentado por los registros autonómicos, y se precisan ciertos aspectos del procedimiento de declaración de suelos contaminados y su descontaminación.
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